¿CUANTO PAGARÉ EN EL IRPF POR LA VENTA DE MI PLAZA DE PARKING?

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
WhatsApp

cambios-fiscales-en-el-sector-inmobiliario-2015-elbloginmobiliarioQuiero vender una plaza de garaje que compré hace cinco años, me gustaría saber cuánto pagaré por IRPF si la vendo este año con la nueva reforma fiscal. Tengo entendido que han modificado los coeficientes correctores.

Muchas gracias y muy amable por tu ayuda.

Santiago

———————-

Hola Santiago,

Si la vendes la plaza de garaje ganando dinero deberás tributar por esa plusvalía lograda en el IRPF del año que viene. Eso no ha cambiado….

¿Cuánto vas a pagar? Pues eso va a depender de la ganancia obtenida (recuerda que has de deducir los costes que tuviste en la compra: Notaría, Registro, Gestoría, incluso los Honorarios del agente inmobiliario). Esa ganancia tributa por tramos: El 19% sobre los primeros 6000 euros de ganancia y el 21% sobre los restantes. Esto es en líneas generales pero consulta con un experto fiscal que esté al día de las modificaciones en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, porque son constantes sus modificaciones.

Por lo que respecta a la Plusvalía municipal, te recuerdo que cada municipio tiene sus cada municipio tiene sus coeficientes, mira en la página WEB de tu población y seguramente podrás hacer una simulación. Este impuesto depende entre otras cosas del valor catastral.

Lo de los «coeficientes correctores» creo entender que te refieres a los coeficientes de inflación y abatimiento, pero esto sólo afecta a los inmuebles adquiridos con anterioridad al año 1994,
Si quieres tener una idea de los cambios fiscales para 2015 y como afectan al sector inmobiliario puedes echarle un vistazo a esta infografía publicada por el blog inmobiliario que resume de forma breve las ideas básicas.

5/5 - (1 voto)

PUBLICA TU ANUNCIO

GRATIS

La forma más sencilla de vender, alquilar o comprar tus plazas de garaje y trasteros

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
WhatsApp
También te puede interesar

57 comentarios en «¿CUANTO PAGARÉ EN EL IRPF POR LA VENTA DE MI PLAZA DE PARKING?»

  1. Buenas tardes Daniel.
    En primer lugar gracias por tu información detallada sobre compra-venta de un parking.
    En mi caso tengo un parking para vender que en su día recibí por herencia.
    ¿Cuales son los pasos a seguir des del momento de tener un comprador interesado hasta la declaración de impuestos?
    ¿Como debo calcular la ganancia real (si la hubiera) y los impuestos que debo pagar?.
    Muchas gracias.
    Un saludo cordial.
    Susanna de Barcelona

    Responder
      • 6 / 8 / 8
        Pepe
        Hola Quiero hacer una pregunten el 2006 compre una plaza de garaje
        En 6000€, ahora la quiero vender en13,000€ cuanto tengo que pagar acienda.
        saludos

        Responder
        • Hola Manuel tendrás que declarar la ganancia patrimonial que has obtenido: al precio de venta le restas el precio de compra y los gastos de notaría, registro e impuestos. De lo que te salga pagarás entre un 19% y un 21% dependiendo de la cantidad final,
          saludos

          Responder
  2. Consulta
    Vendi un parking que recibi por herencia.

    Venta 16000 euros
    Valor catastral segun IBI; 9000 EUROS

    ¿Cuanto tendré que pagar en el IRPF?
    Gracias.

    Responder
    • Valeri, debes tener en cuenta el precio que declaraste en la aceptación de la herencia…. se lo restas al precio de venta y descuentas gastos, está todo explicado en el post!
      saludos

      Responder
    • Hola Espe no acabo de entender tu pregunta, pero creo que pretendes vender a tu ex el 50% de tu parte del parking,
      es tal y como dices, valoráis la plaza y en el notario le vendes el 50%, como si se tratara de una venta a un tercero,
      saludos

      Responder
  3. Buenas tardes Dani,
    Voy a vender un garaje adquirido en 2006. Tendré un beneficio de algo más de 6000€. Esta venta coincide con la venta de nuestro apartamento para mudarnos a otra provincia donde reinvertiremos lo obtenido por el apartamento en otra vivienda habitual. Garaje y apartamento están separados en escrituras distintas. Y ahí van mis preguntas:
    1-¿Puedo declarar los beneficios del garaje y del apartamento en el IRPF en la nueva provincia?
    2-¿La plusvalía municipal, imagino, se paga en el ayuntamiento de la localidad donde su ubica el garaje. ¿Es correcto?
    3-¿Puedo reinvertir el beneficio del garaje en la futura vivienda y librarme de ese tributo del 21%?
    Gracias por todas tus informaciones y recibe mi agradecido saludo.

    Responder
    • Buenos días Eva, por partes..

      1) los beneficios de la venta los declaras en el IRPF que es a nivel nacional, no depende de las comunidades autónomas.
      2) La plusvalía municipal como su nombre indica sí que la debes liquidar en tu ayuntamiento.
      3) La reinversión en vivienda habitual es sólo para viviendas según tengo entendido a menos que hayan cambiado la normativa.

      Saludos!

      Responder
  4. Hola Daniel, buenas tardes.

    Voy a vender una plaza de parking en Valencia, que costó en 2007 42000€ , por 32000€. Con lo que pierdo cerca de 10000€. Me gustaría saber qué gastos tendré que afrontar aproximadamente según tengo entendido algo hay. Muchas gracias

    Responder
    • Hola Andrés en la renta no tendrás que declarar ninguna ganancia puesto que has perdido dinero, pero la plusvalía municipal no te la van a perdonar en tu ayuntamiento, desconozco el importe porque es una fórmula muy compleja y depende del valor catastral

      Responder
  5. Hola Daniel!
    Aprovecho el hilo para hacerte una consulta. Tengo a la venta una plaza de garage que adquirí hace unos años, no le voy a sacar beneficio, pero sé que tengo que pagar la plusvalía. ¿Hay algún gasto más asociado a la venta? Los gastos de notaría, ¿corren por cuenta del vendedor o del comprador?
    Gracias!

    Responder
    • Estefanía, has de pagar la plusvalía municipal únicamente,
      lo normal es que si no se pacta en contra los gastos de la notaría los asuma el comprador,
      saludos,

      Responder
  6. Hola Daniel!
    Voy a vender un trastero que compre hace 9 años independiente como inversion obligada ( la constructora no quiso devolverme el dinero de la entrada de una vivienda), exactamente por el mismo precio que lo compre.En la renta debo tributar al 18 por ciento? En realidad pierdo por los gastos de notaria,registro y notario ademas de que tribute al 16 por ciento por 1 compra.
    Saludos!

    Responder
  7. Buenas tardes Daniel.

    Compré un garaje por 6.000€ hace 10 años y posteriormente la Junta de Andalucía me lo valoró a efectos del Impuesto de Transmisión Patrimonial en 15.000€. Pagué la diferencia del impuesto y durante todo este tiempo he estado poniendo en la declaración de la renta su valor como 15.000€. Lo he vendido ahora por 15.000€. ¿Qué valor tengo que coger como referencia para calcular la ganancia patrimonial y la plusvalía?.

    Gracias.

    Responder
    • Javier, la ganacia patrimonial se calcula con el coste real del garaje no con el valor a efectos de impuestos, por lo tanto has de poner los 6000 euros,

      Responder
  8. Hola

    Perdona pero es un tema q no aparece en el hilo. Si vendo mi parking después de dos años puedo añadir los gastos de comunidad a los que mencionas de notario, etc Gracias

    Responder
  9. Hola, compre una plaza de garaje hace 6 años y escriture por 2.500 euros, tuve sancion sobre unos 1,000 euros por escriturar por debajo del valor catastral, ahora la voy a vender por 9,000. Mi pregunta es.¿ Que tengo que pagar de IRPF ? para calcular las ganancias se rigen por lo escriturado, o por le valor catastral del año que lo compre?. Gracias

    Responder
    • Sergio, me temo que para el calculo de la ganancai que has tenido si que se van regir por lo escriturado, que es el precio que declaraste de compra. Eso sí, te podrás deducir como gasto el total de impuestos pagados, que han sido en base al valor catastral. algo es algo,
      saludos

      Responder
  10. Hola Daniel.
    Me gustaría vender una plaza de parking en una localidad de la provincia de Barcelona. Qué gastos debe asumir cada parte (vendedor-comprador)? (ej.: Notaría, ITP, etc.)
    muchas gracias!

    Responder
  11. Hola Daniel, he vendido una plaza de garaje por 3400 euros, según hacienda su valor es de 9700, la plaza de garaje me costo 4800 euros, ¿hacienda me podría reclamar la diferencia?, en el caso de reclamar la diferencia sería de 3400 a 9700 o de 4800 a 9700, ¿Cual sería su porcentaje?, ¿En la declaración de renta del año que viene tengo que poner el valor de la compra aunque haya perdido dinero?, muchas gracias, un saludo.

    Responder
    • Hola Fran tú como vendedor puedes hasta regalar la plaza, nadie puede decirte que la vendas a un precio mínimo, faltaría más, es tu necesidad y la has vendido por lo que consideras o puedes conseguir.
      Otra cosa es el comprador que sí deberá pagar los impuestos derivados de la compra por el valor mínimo, aunque le hayas regalado la plaza,
      tú como vendedor no te preocupes, en la renta solo declararías una ganancia patrimonial si hubieras ganado dinero con la operación, pero no es el caso

      Responder
  12. Hola, en marzo del 2018 vendí una plaza de garaje obteniendo beneficios, unos 5000. En noviembre del mismo año compré una vivienda para uso habitual. Estaré exento de declarar las ganancias por haber reinvertido en una vivienda.
    Gracias

    Responder
    • Sergio, sólo es en el caso de viviendas la exención, no por la venta de otros inmuebles…. y sólo en el caso de que fuera tu vivienda habitual la que que vendiste

      Responder
  13. Hola Daniel.
    HAce cinco años compre un piso con garaje de moto. Este año quiero vender el garaje de moto por 3000 euros y el comprador me dice que se hace cargo de la notaria. Cuanto crees que se llevará hacienda¿? No entiendo nada de estos temas. Te agradezco mucho de ante mano todo.

    Responder
  14. Buenas tardes, en el ano 2008 compre una plaza de garaje que me costo 10.800 euros mas los gastos de registro, notaria y el modelo de la junta de comunidades de Castilla La Mancha en Tarancon ( Cuenca ) hoy la quiero vender 12.03.2019 por 7000 euros
    Mi pregunta es: El IBI, deberia pagarlo en Mayo. ? A quien le corresponderia pagarlo, al comprador o al vendedor?
    ?Cuanto tendria que pagar al ayuntamiento de plusvalia?
    ?Como me afectaria para el ano que viene al hacer la declaracion de la renta
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Jose,
      EL IBI lo has de pagar tú este año 2019
      la plusvalía es muy dificil de calcular, es una fórmula que tiene en cuanta el tiempo transcurrido desde que la compraste. Cada ayuntamiento tiene sus fórmulas,no puedo ayudarte
      La ganancia patrimonial sí que tiene en cuenta los precios de compra y venta y te afectará en la renta del año que viene, cobre un 18%-20% de las ganancias obtenidas

      Responder
  15. Buenos dias. Tengo la incapacidad permanente por lo que no pago IRPF y no hago declaracion de renta. Pero, el año pasado vendi mi plaza de parquing que no esta en mi vivienda habitual. La compre por 9.000Euros hace cinco años y la he vendido el año pasado (2018) por 12.500 Euros . ¿Es obligatorio hacer declaracion de Renta?

    Responder
  16. Hola Daniel en el año 1997 adquiri un a plaza de garaje por un valor 990000 pesetas y954 de IVA,traducido a euros 6918 euros y la he vendido a finales del 2018 por 6500 euros y ya he paga la correspondiente plusvalia al ayuntamiento de Madrid como tengo que declararlo en hacienda y si crees que tengo quepagar algo

    Responder
  17. Compre parking 1984 por pesetas 475000 y vendo 2019 por 18000 euros cómo hago constar hacienda y por cuánto debo pagar un pequeño ejemplo va bien gracias

    Responder
    • Dolores, esos cálculos te los ha de hacer tu gestor con toda la información que le des (facturas de notario, registro, valor de escritura, etc)
      saludos

      Responder
  18. Hola Daniel.
    El 02-12-1997 compre una plaza de garaje en Toledo por 350.000 Pts + 16% IVA (2.440,11€) y la vendo el 16-04-2018 por 6.500 €. ¿Como se podría corregir el efecto de la inflación?
    Gracias y saludos.

    Responder
    • Jose Luís creo que para los inmuebles comprados antes de 1994 no hay posibilidad de actualizar el valor por la inflación sufrida, para inmuebles comprados con anterioridad existen los coeficientes de abatimiento. Lo ideal es que lo comentaras con algún asesor fiscal (o si algún lector domina el tema y quiere sacarnos de dudas) por que no tengo muy claro las fechas…

      Responder
  19. Me gustaría saber que importe tengo que pagar para el año que viene Hacienda, si recibí mi hermano y yo una donación de un garaje de 30000 y lo vendemos en 26000. Muchas gracias

    Responder
    • Hola Jose Manuel,
      pagarás un 20% aproximadamente de la ganancia que hayas tenido,
      puedes descontar de esa ganancia los gastos de notaría, impuestos, registro, etc…
      saludos,

      Responder
  20. Hola te comento, vamos a comprar una plaza para revenderla, y nos gustaría saber como puede repercutir eso el año que viene para hacienda. Me gustaría saber si la compro por un precio inferior al que tasan y la vendo por un precio superior. Ejemplo, porque aun no sé cuanto nos van a pedir por ella, la compro por 1000 esta valorada en 9.000 y yo la vendo por 10.000 gracias de antenamo

    Responder
    • Hola Marta, siguiendo con tu ejemplo…. si la compras por 1.000 € y la vendes por 10.000 € pagarás en la Renta del año que viene un beneficio de 9.000 €. A ese beneficio le has de descontar los gastos que tengas en la compraventa (notario, registro….)
      Y eso es independiente de que el valor de tasación sean los 1.000 € por los que compras o los 9.000 € por los que la tasa la administración.
      Eso sí… los impuestos de la compra, el ITP, lo pagarás por el valor de tasación: 9.000 €
      Espero haberte aclarado tu duda…
      saludos

      Responder
    • Hola Esther no tendrás ningún problema, puedes incluso regalarlo,
      el comprador es el que debe pagar los impuestos (ITP) por el valor actual de la plaza,
      un saludo,

      Responder

Deja un comentario