Plazas de garaje con cargas: hipotecas, comunidad, IBI..

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Plazas de garaje con cargas: Dudas y preguntas sobre situaciones en las que aparecen hipotecas, deudas de comunidad, IBI y otras cargas


 

Hola Daniel, una pregunta. Estoy a punto de comprar una plaza de garaje pero el dueño tiene una hipoteca sobre el piso y el garaje. ¿Hay una forma de que él siga su hipoteca solo con el piso y nos deje comprar el garaje sin problemas?


Hola Andrea, lo más normal es que el banco no lo permita, ahora mismo tiene dos bienes respondiendo de la hipoteca, el piso y el parking, es muy difícil que un banco quite una garantía de una deuda a menos que el propietario aporte otra para compensar y eso supone demasiado papeleo, tasaciones y gasto…


Mi caso es el siguiente: voy a comprar una plaza de garaje en la finca en la que vivo. Mi vecino que también tiene plaza de garaje me ha dicho que el vendedor debe a la comunidad unos 450 euros. ¿Qué debo hacer?


Hola Raul, debes decir al comprador que solicite al administrador un certificado en el que figuren las deudas. Una vez tengas claro a cuanto ascienden realmente las deudas con la comunidad tienes dos opciones:

  • Retienes en la compraventa esa cantidad al vendedor, le descuentas el valor de la deuda del precio que habéis pactado y te haces cargo de liquidarla tú
  • Asumes la deuda y perdonas o exoneras al vendedor de esa deuda.

 

En cualquier caso el Notario pedirá siempre el Certificado de Deudas que ye he comentado y te informará de la situación para que decidas entre alguna de las dos opciones anteriores. Piensa que el administrador suele cobrar por ese certificado y muchas veces los vendedores no lo presentan para ahorrarse ese gasto (entre 30 y 50 euros) . En tu caso te aconsejo que exijas el documento ya que tienes sospechas que hay una deuda con la comunidad.


Buenas tardes.

Hace unos meses compré  una plaza de garaje y el recibo del IBI no estaba pagado aún porque según explico el vendedor no e habían pasado el recibo por banco aún. ¿Quién responde de los recibos pendientes de este año?


Buenas tardes Teresa,

El sujeto pasivo del IBI es el propietario de la plaza de garaje a día 1 de enero y a él le girará los recibos pendientes de este año el ayuntamiento. Eso ha sido así hasta ahora. Y digo hasta ahora porque en una sentencia del año pasado (2016) el Tribunal Supremo deja abierta la puerta a que si no se pacta lo contrario entre comprador y vendedor: el IBI lo asuman ambos en la parte proporcional que les corresponda del año.


Hola Daniel. Voy a comprar una plaza de parking a un familiar y en la nota de registro sale que hay un usufructo a favor de su padre. Me ha comentado que cuando murió la madre pusieron todos los bienes a nombre de los hijos pero dejaron a su padre como usufructuario. Como es familiar me ha dicho que no me preocupe que el padre  (quien ya es muy mayor) no va a reclamar nunca nada y que seguramente ni se acuerda ya de que es el usufructuario. Qué opinas? Lo dejo tal cual? Gracias 


Vamos por partes J Antonio,

El usufructo es un derecho real, por supuesto que si compras la plaza tal cual serás tú el propietario titular, pero siempre tendrá una carga, y el día de mañana cuando quieras venderla o dejarla en garantía para pedir un préstamo por ejemplo, tendrás que levantar esa carga. Y entonces serás tú el que tendrás la molestia y los gastos de retirar la carga. Mi consejo es que por muy familiar que seas hagáis las cosas bien que no cuesta nada… y compres la plaza limpia de cargas.


Hola, hace años compramos mi piso y la plaza de garaje con una hipoteca que ya está pagada. Ahora nos mudamos y el piso nos lo quedamos porque se alquila muy bien en esa zona. La plaza la vamos a vender porque necesitamos un poco de dinero para la entrada de nuestra nueva vivienda. El comprador de la plaza me comenta que aparece aún la hipoteca en el registro pero yo la tengo pagada. ¿Cómo hago para venderla sin la hipoteca?


Hola Luis. Estos serían los pasos:

  1. Ir al banco en el que hiciste la hipoteca y que te hagan un certificado de saldo 0 (es decir… un papel que indique ya no debes nada al banco)
  2. Vas al notario con el certificado  y les comentas que quieres levantar una hipoteca o préstamo. Tendrá que ir también un apoderado del banco para firmar la escritura pública de cancelación del préstamo.
  3. Tendrás que ir a una delegación de Hacienda para cumplimentar el modelo correspondiente para liquidación de préstamos hipotecarios. Está exenta de pago. Lleva la escritura de cancelación que firmaste en el notario.
  4. Con todos esos documentos ya puedes ir al Registro a levantar la hipoteca.

 

Saludos y ánimo con ello!


Hola Daniel, te cuento mi experiencia con el pago del IBI:

El año pasado vendimos una plaza de garaje en el mes de febrero. Los compradores y nosotros llegamos al acuerdo de que se harían cargo del pago del IBI ya que por dos meses era injusto pagarlo nosotros, y lo pusimos así en la escritura. El caso es que no lo han pagado y no piensan hacerlo. Hemos pensado devolver el recibo… imagino que no les interesará que lo hagamos ya que la finca responde del pago no es así?


Hola Mariola, no es exactamente así. Vosotros erais los sujetos pasivos del impuesto cuando el ayuntamiento emitió el recibo y os lo recamarán a vosotros. Seguramente si no lo pagáis os enfrentareis a un posible embargo de la nómina o algo similar, que es lo que sucede cuando la maquinaria administrativa entra en funcionamiento. AL final vais a tener que pagarlo vosotros… otra cosa es que una vez lo paguéis lo reclaméis judicialmente a los compradores en base al acuerdo al que llegasteis y que reflejasteis en la escritura de compraventa.

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80 comentarios en «Plazas de garaje con cargas: hipotecas, comunidad, IBI..»

  1. Hola Daniel:

    Voy a comprar dos trasteros a una promotora. Ambos trasteros tienen hipoteca. Cómo he de proceder; es decir cuales son los pasos correctos a dar. Es decir pedir una nota simple en el Registro de Propiedad no sé si me aclararía algo, pero me imagino que saldrá la hipoteca. Yo más que nada me refiero a saber cómo ha de proceder la promotora para quitar la hipoteca y que no me lo venda con la hipoteca sin pagar. Aparte no sé la cantidad exacta de hipoteca que tienen. Gracias y un saludo

    Responder
    • Buenas tardes Santiago,
      lo primero es la nota del registro para que compruebes si al margen de estas hipotecas que comentas tenemos más…
      La promotora te ha de vender la plaza limpia, para eso ha de liquidar al banco la hipoteca. El banco le expedirá luego un certificado de saldo 0 que llevará al notario para que éste realice una escritura de cancelación de hipoteca
      después ya podrás comprar con la garantía de que no hay hipotecas,
      Es importante que lleves esa escritura de cancelación de hipoteca al registro para que desaparezca su rastro y tu plaza quede limpia
      saludos

      Responder
  2. Hola Daniel
    Estaba interesado en comprar en mi comunidad un garage al administrador concursal que nombraron cuando la constructora desaparecio pero me contesta que tiene una carga hipotecaria a favor del gobierno de cantabria esto que quiere decir que se lo tengo que comprar al gobierno de cantabria o pagar esa carga hipotecaria y luego negociar con el administrador?
    Un saludo.

    Responder
    • Debes negociar con el administrador, que cantidad puede aceptar por el garaje tendiendo en cuenta que tiene una carga que deberás pagar luego una vez sea tuyo,

      Responder
  3. Hice una permuta y después de los años me encuentro que me entregaron una plaza de PK hipotecada a favor del banco, he consultado y el asunto para poner una demanda es complejo, la doy por perdida, la pregunta es si eternamente el banco puede tener hipotecada la plaza o tiene un limite, ya que mientras este a mi nombre tengo que estar pagando IBI y gastos comunitarios, muchas gracias y saludos

    Responder
    • Hola Jose María
      Cuando compraste no te informó el notario de la hipoteca…???
      El banco la tendrá hipotecada hasta que liquides la deuda, mira cuantos años quedan, eso te lo dirá el propio banco
      saludos

      Responder
  4. Buenas tardes Daniel:
    Voy a comprar dos plazas de garaje que están en Administracion concursal por un concurso de acreedores de los constructores. La empresa ya está liquidada y se hace cargo el juzgado de las ventas de la plazas. Me informa el administrador concursal de que está libre de cargas y que yo tendré que hacerme cargo de los impuestos y gastos, así como del IBI que se deba (He comprobado que son 5 años) y de los gastos de comunidad pendientes. ¿Cuántos años puede reclamar el administrador de la finca por los impagos de los gasto de comunidad de esas plazas de garaje?. Fue construida en 2006.
    Un saludo cordial

    Responder
  5. Hola Daniel;
    Estoy interesado en una plaza de garaje en mi comunidad, en la nota simple tiene dos cargas hipotecarias y el vendedor me dice que el precio de venta es la cantidad que pide el Banco para liberarla y en caso de hacer una oferta que su abogado se la transmitaría al Banco. Mi duda es si ir directamente al Banco y hacerle la oferta directamente o al menos informarme la cantidad por la que liberarían el garaje.

    Gracias

    Responder
    • No sé si en el bancvo te darán esa información ya que no eres el dueño de la plaza, en todo caso podéis ir juntos al banco,
      es lo que haría yo
      saludos

      Responder
  6. Hola Daniel mi pregunta es que compre una plaza de parkin hipotecada por el banco la pague pero no hice el levantamiento de hipoteca han pasado más de18 años, tiene caducidad el levantamiento de hipoteca?… Saludos

    Responder
  7. Buenos dias: Estoy interesado en un trastero, que tiene varias cargas de autoliquidación de transmisiones, en ellas figura la cantidad, «xxxx con un plazo igual a 5 años». Esto que significa, ¿que en 5 años prescribe? o ……..?que?
    Gracias.

    Responder
    • No sé muy bien a lo que te refieres sin verlo pero me imagino que son las afecciones fiscales, en el caso de no liquidar el impuesto la plaza respondería en última instancia en ese plazo

      Responder
  8. Hola Daniel, antes que nada agradecer su trabajo por su blog. Estamos interesados en comprar una plaza de garaje con trastero, en un bloque de pisos, muy cerca de donde vivimos. Al ir a preguntar a la inmobiliaria, nos comenta que el precio estaría en unos 10 mil euros, pero con los gastos (cancelación de hipoteca,…), llega a unos 14 mil. Nuestra pregunta es, a la hora de comprar un tipo de inmueble así, donde y qué tipo de información necesitaríamos para saber a qué está atado ese inmueble, es decir, si presenta algún tipo de deudas frente a la comunidad de vecinos, si tiene pendiente algún tipo de impuestos como puede ser el IBI y si a la hora de comprarlo, el Notario tiene algún tipo de obligación en comprobar que todo esté en orden y puedan ser vendido. Perdone nuestro desconocimiento, pero nos vendría de perlas toda la información que nos pudiera facilitar, así como si hay algún tipo de baremaje donde se pueda estimar su precio. Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Hola Jaime, han de llevar el certificado del administrador en que se indique que está al corrientye de pagos comunitarios,
      en el registro de la propiedad puedes pedir una nota simple para ver si hay cargas o está limpia
      Lo más normal es que en la notaría verifiquen si está al día en los pagos del IBI

      Toda esa información la pide el notario antes de firmar para comprobar que esté todo correcto,

      saludos

      Responder
  9. Buenas tardes,
    Quiero comprar una plaza de garaje en la urbanización que vivo. Se la compraría a la inmobiliaria a la que le compré el piso hace 5 años. La duda que me surge es que al pedir la nota simple figura una hipoteca de un importe superior incluso al precio de la compra y que termina en 2024. Me ha dicho q la van a cancelar, pero ¿como puedo tener la seguridad de que no tendré problemas? Muchas gracias.

    Responder
  10. Buenas tardes Daniel,
    quiero comprar un parking y queria saber si me puedes ayudar y decirme si he entendido bien o si me falta algo para tramitarlo. Deberé pedirle al vendedor:
    -pedirle el certificado de deudas
    -pedir el último IBI
    -pedir la nota simple en el registro de la propiedad (esto lo solicito yo)
    1 Después de ver que este en regla, vamos al notario a escriturar
    2 pago Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
    3 lo pongo a mi nombre en el registro de la propiedad?
    me falta algo más?
    Por otro lado comentarte que la vendedora me ha dicho que quiere una parte en B, y quisiera saber si me puede perjudicar en la declaración?
    por último, que tendria que pagar a hacienda si declaro 11.500 euros en Baleares?
    un saludo y gracias

    Responder
    • Hola Pilar, todo el proceso es tal y como lo cuentas,
      en el tema del «B» no me meto, es cosa vuestra,
      respecto al ITP en las Baleares lo desconozco, es diferente en cada comunidad (Madrid 6%, Barcelona 10%)

      Responder
  11. Buenos dias
    Hemos comprado una plaza de garage en el 2019.
    En ese momento no se pidio el certificado de deudas a la comunidad porque estaban cambiando de administrador.

    Pues resulta qur debe dos años, 260€

    En la venta, figura escrito ante notario que el inmueble esta libre de cargos pero que la parte comprante le exhibe de presentar el juatificante.

    Mi pregunta es, a quien le corresponde pagar esos cargos?
    Es cierto que no se le exigio presentarlo al notario pero el notario dice que debemos denunciar al vendedor. Ya que esta firmado que estaba libre de cargos

    Responder
    • Hola Luisa, si el vendedor no aportó el certificado el notario debe informarte de esa circunstancia y sus consecuencias. El caso es que tú al eximirle de la presentación del documento… le «perdonaste» esa obligación que tenía y ahora tendrás que hacer frente a la deuda.
      lo siento,

      Responder
  12. Hola Daniel!!
    Mi duda es, en mi comunidad hay unas plazas de garaje que están en concurso de acreedores, y para poder mis vecinos hacer frente a los gastos las han alquilado, nos las han alquilado a los vecinos que no tenemos plaza de garaje, a un precio módico , en principio era para gastos y era como una donación a la comunidad y ahora quieren beneficios quieren subirlo cada vez más, se puede hacer algo?

    Responder
    • Hombre…. para empezar tengo mis dudas que la comunidad pueda alquilar las plazas. Si están en concurso de acreedores será el administrador concursal quien tiene esa potestad. Otra cosa es que éste haya autorizado a la comunidad a alquilarlas, intenta averiguar cómo está el tema. Lo del precio es libre…

      Responder
  13. Buenas. Tengo una plaza de garaje en alquiler. Es un garaje comunitario y x lo visto de lo van a embargar todo a la propietaria de las plazas. Se puede quedar con mi coche tb o no dejarme retirarle? No tengo recibos ni nada de los pagos. Un saludo

    Responder
  14. Tengo una plaza de de garaje sin hipoteca ,pero mi hija tiene un préstamo personal y puso el garaje como aval el garaje está a nombre de ella y de su hermana ,mi pregunta es se puede vender? Su hermana le puede comprar su parte del garaje? Gracias

    Responder
  15. Hola! A un vecino le han embargado la plaza de garaje y trastero según nos comentan unos allegados por no pagar el IBI ni agua/alcantarillado durante varios años y que sepamos tiene hipoteca puesto que es un edificio nuevo de propietario joven. A mi me gustaría comprarlo pero no sé los pasos a seguir para hacerlo si es que se puede. Gracias de antemano.

    Responder
  16. Hola, estoy interesado en comprar una plaza plaza de garaje, por lo que entiendo es de banco y la venden ocupada, acontinuacion pongo las condiciones de venta, y me gustaria saber que problemas puedo tener, gracias. INMUEBLE OCUPADO
    El Inmueble se transmite ocupado por tercero sin título.

    El Inmueble se transmitirá; (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado; (ii) como un todo, inseparable; (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre; (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre el Inmueble; (v) ocupado ilegalmente por tercero; (vi) al corriente de Gastos e Impuestos que por Ley corresponda al Vendedor; y (vii) sin dotación de servicios y suministros.

    El Adquirente asumirá; (i) la situación ocupacional; (ii) la situación urbanística; y (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble y la adecuación de todo lo anterior.

    La Propiedad no responderá de/l; (i) estado de conservación; (ii) los vicios vistos y aparentes; (iii) la regularización registral o catastral; (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir; (v) responsabilidad alguna en la obtención de la licencia de habitabilidad para la habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega; y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior.

    Será de cuenta del Adquirente los tramites que conlleven la desocupación del Inmueble. Cabe la posibilidad de subrogarse en el procedimiento iniciado por la Vendedora.

    El Régimen Fiscal al que queda sujeta la transmisión del Inmueble, será de aplicación el que corresponda según la Legislación Fiscal, cumplidos los requisitos que la misma establece para ello en este caso.

    El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble.

    En atención a las características del Inmueble, si fuera necesario para el Adquirente solicitar financiación ajena, deberá consultar previamente a llevar a cabo acción alguna sobre el Inmueble si el mismo puede ser financiado o no por entidad con capacidad para ello.

    INMUEBLE SIN INSCRIPCIÓN
    Inmueble con título pendiente de inscripción registral.

    Responder
    • Hola Iván, según leo puedes continuar con el proceso de desocupación del inmueble… ¿Problemas? echarlo te supondrá tiempo, dinero y paciencia
      ánimo y suerte

      Responder
  17. buenos días les escribo porque tengo un problema.Hace años compré a una constructora un trastero y plaza de garaje y en su momento tenía una hipoteca y en las escrituras ellos se comprometieron a pagar la deuda, han pasado años, y yo e pagado mi IBI y mis gastos de comunidad religiosamente pero me salió un comprador para la plaza de garaje y estando con los trámites finales de formalizar la escritura sale un problema que en registro de la propiedad sale que hay una hipoteca sobre dicha propiedad, llamé a la empresa que me la vendió y resulta que hace 4 años entró en concurso de acreedores y le embargaron todo lo que disponían,pero me puse en contacto con la empresa que lleva el concurso de acreedores y nos les sale reflejado en su inventario mis propiedades entonces lo único que pude hacer es ir a la caixa que es dónde se tenía la hipoteca y me dijeron que alomejor estaba pagada y no se canceló en su día, pero que desde la entidad no podían hacer nada que enviaban los documentos a Madrid para ver que salí y llevo casi dos meses esperando, no existe algún formulario o escrito para agilizar esta gestión porque estoy preocupado porque el comprador ya me dio el dinero y ya tiene uso y disfrute de la plaza pero no tiene las escrituras de que es su propiedad.

    Responder
    • Aurelio seguramente está pagada pero no se llevó al registro. Has de ponerte pesado con el banco para que te den el documento de “saldo 0” y poder hacer la escritura de cancelación de la deuda. Luego ya podrás ir al registro a retirarla y vender tu plaza sin cargas

      Responder
      • muchas gracias Daniel, ojalá y sólo sea eso, ya e vuelto a insistir en el banco y han vuelto a mandar la orden, me dicen que como es de hace ya mucho tiempo tardan más en localizarlo aunque yo pienso que con el número de la hipoteca les debería salir en sus registros, opinión mía, y en el caso de que la hipoteca estuviera todavía vigente? quien se tiene que hacer cargo de pago de la deuda y además de los intereses generados de todos estos años?, porque la empresa ya no existe y están en concurso de acreedores estoy preocupado porque el dinero de a venta ya no lo tengo pues se lo e dado a mi hijo para meterse en una hipoteca

        Responder
        • buffff que lío Aiurelio, con los bancos nunca se sabe porque siempre intentan hacerte pasar por el aro y que pagues todo tú. Ves al banco a hablar cara a cara y que te digan lo que hay y cómo solucionarlo…. y no te dejes avasallar,
          suerte

          Responder
  18. Hola buenas, me llamo Alejandro. Comento mi problema es un poco complicado. Mi pareja y yo nos disponemos a vender nuestro piso y plaza de garaje y trastero. Primero todo es correcto puesto que en la escritura sale que está todo pagado puesto que lo pagamos en mano sin hipoteca ni nada. Y cuando estamos finalizando la venta sale que hay una carga en la plaza de garaje por parte de la constructora en teoría porque en su día hace 8 años no se saldó. Primero la deuda estaba en liberbank luego paso a servihabitat y en teoría ahora está en sareb. Y la notaría nos dice que hablo con el registrador y sale que está todo pagado y que va a intentar conseguir liberar la plaza de garaje pero no sabemos qué hacer ya… De verdad si alguien me da alguna solución pago lo que sea…

    Responder
  19. Hola. Mi hija ha comprado una vivienda a un fondo. Quisiera comprar una plaza de garaje que hay en ese bloque pero está embargada según el construcctor. No sé como puedo saber a quien se la tengo que comprar. El banco no sabe que decirme.

    Responder
  20. Hola! En un edificio cercano al mío van a subastar varias plazas de garaje porque la empresa está en concurso de acreedores. Si que me ha confirmado el administrador de fincas que hay deuda con la comunidad, pero que solo pueden reclamar al nuevo dueño los últimos 3 años (me gustaría que me lo confirmaras). Del IBI en la subasta dice que se desconoce si hay deuda, cuántos ejercicios nos podrían reclamar?
    Me gustaría saber si puede haber alguna otra sorpresa con las deudas, aparte del IBI y comunidad.
    Las condiciones particulares de la subasta son estas:
    A.1. La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…).

    A.2. Para poder concurrir a la subasta no será necesario que los interesados en participar efectúen depósito alguno.

    A.3. Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.

    A.4. Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:
    1) Fecha y hora de inicio de la subasta: 14/12/2020 a las 12:00h.
    2) Fecha y hora de finalización de subasta: 14/01/2021 a las 12:00 horas.
    Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.

    A.5. El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como «valor de liquidación» en el Plan de Liquidación. La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, sin sujeción a tipo mínimo.

    A.6. Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario. Los honorarios de Adjudica Digital SL por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados. El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja
    efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación.. Los impuestos serán satisfechos por el adjudicatario sin que ello implique alteración del sujeto pasivo, que se determinará conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate.

    A.7. Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad
    especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

    A.8. Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa.

    A.9. Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración
    Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.

    A.10. La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor

    A.11. En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de la misma, según su criterio,fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso.

    A.12. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.

    A.13. En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

    A.14. El proceso de subasta será Protocolizado por Notario que dejará constancia, mediante Acta Notarial, de todo lo que acontezca durante el proceso.

    Responder
    • Buenos días Francisco,
      Respecto los gastos comunitarios adeudados la Ley de Propiedad horizontal dice:

      «El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y a los tres años naturales anteriores. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta obligación»

      Respecto al IBI son cuatro años si no ha cambiado la Ley

      Si la subasta liquida todas las deudas que pueda tener la finca no deberías tener ninguna sorpresa añadida
      (eso lo puedes comprobar con una nota del registro de la propiedad), pero ves a ver la plaza personalmente por si acaso no es lo que te dicen,

      Responder
  21. Buenas Daniel, en mi caso estoy interesado en adquirir una plaza de garaje de una subasta del boe. al tener este origen, me ahorro algún impuesto/gasto adicional? Gracias

    Responder
  22. Hola Daniel, estoy interesado en adquirir una plaza de garaje. Está situado en un parking con varias plantas. Por lo que me dice el de la inmobiliaria casi el 80% de las plazas pertenecen a un fondo de inversión. En su momento el constructor pidió un préstamo a un banco, quebró y se le embargaron sus bienes. Se hizo una dación en pago y el constructor le dio al banco los garajes y varias viviendas del edificio donde se ubica. Posteriormente el banco le vendió el paquete entero a un fondo de inversión, que es quien saca ahora las plazas a la venta a un precio bastante competitivo. Me asegura el de la inmobiliaria que todo está libre de cargas y de hecho en el contrato de arras que me ha pasado así lo indica, que el inmueble se transmite libre de cargas y gravámenes. Todavía no he podido pedir una nota simple porque según me dice están tramitando la cancelación de las cargas y todavía no se ha terminado el trámite.
    Soy lego en todo este mundillo y me da un poco vértigo poder encontrarme con alguna sorpresa desagradable si finalmente me decido a comprar (me da qué pensar el precio tan competitivo de las plazas. Otra de las cosas que me da qué pensar es que de momento me dijo el de la inmobiliaria que no tenía ni la llave del ascensor para poder bajar al garaje ni el mando para abrir la puerta exterior del garaje, tuvimos que acceder entrando por el portal y bajando las escaleras). ¿Qué harías en mi lugar? He leído en anteriores mensajes que sería muy recomendable contactar con el administrador de fincas para ver si hay deuddas. Y por otra parte: ¿de qué manera podría afectarme que la mayoría de viviendas, trasteros y garajes del edificio donde he adquirido mi plaza pertenezcan a un mismo propietario? (Se me ocurre por ejemplo que podría dejar de pagar la luz de la escalera o el mantenimiento y sería difícil hacer frente jurídicamente a todo un fondo de inversión)

    Responder
    • Hola Andrés,
      En primer lugar yo no daría una señal hasta tener la nota simple y el certificado del administrador, así como el comprobante del pago del IBI.
      las plazas de este tipo suelen tener sorpresas desagradables y los bancos/fondos obligan al comprador a asumirlas,
      En segundo lugar a mi personalmente no me gusta este tipo de plazas para invertir, hay muchas en venta y/o alquiler y además de un mismo propietario que puede manipular los precios según su necesidad. Si es para que tu propio uso lo asumiría, pero si es para invertir no me convence,
      De todos modos no me has comentado dónde están las plazas por lo que estoy generalizando y podría equivocarme,
      saludos,

      Responder
  23. Buenos dias .
    Mi consulta es sobre una plaza de garaje , llamo al constructor para comprarle una plaza de garaje y me dice que ya no la tiene porque se la han quitado , voy al registro de la propiedad a pedir una nota simple y me sale como dueño el antiguo constructor que es el que se supone que no tiene nada. Donde puedo preguntar para saber a quien comprar el garaje?.
    un saludo.

    Responder
    • Santi, si en el registro figura el constructor… una de dos, o sigue siendo suya o en el caso que ya no lo sea el nuevo propietario no ha inscrito en el registro el cambio. El administrador te podrá ayudar, es quien gira los recibos al propietario actual.

      Responder
  24. Buenos días,
    Quiero vender una plaza de garaje, pero tengo deuda de IBI y finca. Me gustaría saber si puedo liquidar la deuda pagando por plazos despues de la venta. Gracias.

    Responder
  25. Buenas noches, han comprado en subasta una plaza de parking en mi finca con una deuda a la comunidad de 3800€, el comprador se debe hacer cargo de la deuda con la comunidad?

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  26. Buenos días,
    He adquirido varias plazas en subasta del ayuntamiento de una misma comunidad de vecinos. Cada una con sus cargas asumidas por mi.
    El problema es que una de las plazas no cumple con las medidas mínimas (2,13m de ancho) y el giro de 90 grados para acceder a la plaza dificulta mucho el acceso por ser muy estrecha la calle del garaje , ya que es un rincón que va a los trasteros.
    Con un vehículo normal, Renault laguna, no puedo aparcar. Y con un vehículo pequeño, seat ibiza lo he conseguido después de no menos de 10 maniobras, todas ellas supervisadas con ayuda para no rozar el coche con las columnas.
    Mi pregunta es, ¿puedo reclamar al ayuntamiento de alguna manera ? Si es así, ¿en qué departamento tendría que presentar dicha reclamación?
    La plaza de garaje me gustaría venderla u alquilarla, pero sino estoy mal informado yo no la podría vender con esas características, ya que el comprador me podría reclamar a mi.

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  27. Buenos días Daniel (tocayo):
    he adquirido mediante subasta -cuya autoridad gestora es el Ayuntamiento de Málaga- una plaza de garaje que en el anuncio indicaba «SIN CARGAS PREFERENTES», pero al pedir la nota simple tiene varias cargas: Ayuntamiento de Málaga, TGSS y Hacienda. Creo que me he metido en un embolado grande, porque mi intención era comprar y vender, ¿qué crees que puedo hacer? Tengo un nivel de estrés desde hace 2 días que no me tengo en pie, porque mi inversión es como particular y veo que se me pueden ir gran parte de los ahorros de mi vida. Gracias

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    • Buenos días Daniel,
      Lamento tu inquietud, el tema de las subastas es complejo para los no iniciados y es fácil que los que no estamos habituados podamos equivocarnos o entender mal la terminología.
      Las Cargas preferentes son las deudas con la Comunidad de Propietarios y el IBI, son las que se transmiten al adjudicatario de la subasta, en este caso tú.
      Pero eso no quiere decir que haya otras cargas anteriores al embargo y que permanezcan después de la subasta si no se liquidan. El tema aquí es que con lo que pagas en la subasta se liquida la carga de la entidad que ejecutó el embargo y propició la subasta. Si sobra dinero se van liquidando las cargas anteriores en orden de antigüedad. Estas cargas son las que comentas: Ayuntamiento de Málaga, TGSS y Hacienda y que quedarán como cargas del inmueble después de la subasta si no se han liquidado con tu pago.
      Debes calcular a cuanto ascienden y ver si con lo que tu has pagado en la subasta da para liquidarlas todas o seguirán figurando en el Registro de la Propiedad.
      suerte!

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  28. Buenos días Daniel,
    he comprado una vivienda nueva, plaza de garaje y trastero. Pero a la hora de hipotecar sólo queremos hacerlo de la vivienda. ¿Puede el banco obligarnos a hipotecarlo todo?

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    • Buenos días,
      Depende de la tasación de la vivienda, si la tasación es más elevada que el valor de la compra conjunta de vivienda+ plaza de garaje + trastero, podría bastar con hipotecar la vivienda, pero al banco le interesa garantizar la hipoteca con el máximo de propiedades posibles. Si pudiera hasta te pediría que te avalase un familiar con su propia vivienda con tal de tener las máximas garantías de cobro.
      Para saber si está obrando correctamente o se está excediendo hay que saber por cuánto compras y a cuánto sube la tasación de la vivienda,
      un saludo

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  29. Buenas noches

    Quiero vender una plaza de garaje , en la que aparece una carga de una hipoteca , que está cancelada , el problema está en que esa carga no es mía, es del anterior propietario , que canceló la hipoteca pero pero no registro ni realizo la escritura de cancelación, ahora la vendo y me piden certificado deuda cero , pero como yo no soy la titular del préstamo no me lo dan , y no hay posibilidad de. Contactar con el anterior propietario.

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    • Hola Marisa,
      Así es, el anterior propietario debió hacer la cancelación registral, lo que no entiendo es como la compraste sin que el notario te lo advirtiera…. siempore se informa sobre las cargas.
      Si no encuentras al anterior propietario lo tienes complicado
      ….aunque si han pasado 20 años la carga la puedes sacar del registro, prescribe por caducidad. Igual por ahí puedes solucionarlo
      O puedes reclamar ante el servicio de reclamaciones del Banco de España a ver qué solución te dan…

      Mucha suerte!
      suerte!

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  30. Buenas Noches!! En mi urbanización hay una plaza de garaje junto xon el piso que están embargados y lo lleva el banco. Se puede llegar a un acuerdo con el banco o hay alguna manera en la que pueda ceder mientras la plaza de garaje?! Tanto económico o como sea si se pide?!

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  31. En un edificio está el piso y el garaje embargado y lo lleva el banco?! Hay alguna manera de llegar a un acuerdo para usar el garaje o alguna manera de usarlo legalmente mediante acuerdo o algo así?

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    • Buenos días Luís,
      con los bancos todo es negociable, proponles pagar un alquiler mensual condicionado a que abandones el garaje cuando vendan el piso, o algo similar que les de tranquilidad
      suerte

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  32. Hola Daniel, me he enterado de que se subastan 2 plazas de parking (descubierto ) en mi edificio comunitario, solo hay 1 puja y es a 1 euro de momento a falta de unos dias para terminar, mi pregunta es que debo mirar para saber si tiene cargas importantes?? Entiendo que en el ayuntamiento como ibi, gastos comunitarios, que mas puede haber o que debo mirar??
    Gracias

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    • Hola José, lo principal es que mires todas las cargas registrales, urbanísticas, tributarias, administrativas y con la Comunidad de Propietarios….. para no llevarte una sorpresa y que la plaza de 1 Euros te acabe saliendo cara
      Comprueba que plaza es con tus propios ojos… que pueda accederse con coche sin problemas,
      En principio eso sería suficiente!
      Que tengas suerte!

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  33. Hola Daniel, voy a comprar un parquin y al solicitar la nota simple, pone que tiene una carga hipotecaria a favor del banco para responder por un préstamo de un millón de euros, entonces no sé cómo proceder que tendrían que hacer ellos para poder venderlo y yo como estaré segura de que no me van a reclamar nada a mi, esto en el caso de que realmente lo puedan vender

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    • Andrea si tiene esa carga coméntaselo al vendedor, igual está ya liquidada, en ese caso ha de demostrártelo con un documento del banco en el que indiquen que está ya liquidada,
      pero una hipoteca de 1 MM de euros sobre un parking… es mucho dinero, ves con cuidado… y aún en el caso de tenerla ya liqiudada, la han de sacar del registro de la propiedad o te la quedarás tú la carga…!

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  34. Hola Daniel, he comprado una plaza de garaje en una comunidad, pero el notario no pidió certificado de deuda 0 en la comunidad, y en un apartado pone que yo exonero a la parte vendedora a presentarlo, cuando a mi el notario no me pregunto nada de esto, y en otro apartado dice que la parte vendedora que se halla al corriente de pago en la comunidad, obligándose en su caso, al saneamiento de la carga no aparente de los gastos a que la participación indivisa de la finca transmitida está sujeta.

    El problema es que ahora la comunidad me dice que hay una deuda pendiente de 2500 euros desde el año 2007 y yo he comprado en 2023. Me dice que tengo que reclamárselo a la vendedora que compro en 2013 y que no ha pagado nunca nada. Pero la parte vendedora dice que no quiere hacer frente a ese pago.

    Mi pregunta es ¿Qué opciones tengo para darle solución a este problema?
    Me podrían exigir a mi el pago pero de solo 3años mas el año en curso que sería mucha menos cantidad y ya se quedaría libre de carga la cochera, y podría solicitar el certificado de que está al corriente y ya el resto de deuda se perdería o prescribiría.
    O es obligación de la parte vendedora pagar esa deuda.
    Muchas Gracias Daniel!!

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    • Hola Antonio, vaya jugarreta te hicieron…
      tanto el vendedor por mala fe como el notario por ocultarte ese detalle, es su obligación notificarte el estado de las deudas comunitarias y debe preguntarte si exoneras al vendedor, no omitirlo y poner que exoneras sin preguntártelo… imagino que el notario no lo eligirías tú y que lo propuso el vendedor.
      El tema de las deudas comunitarias,,, estas prescriben a los 5 años y al comprador (tú) solo se le pueden exigir el año actual y los 3 anteriores
      Si quieres evitar problemas paga esa cantidad equivalente a los meses del año corriente y los 3 años anteriores;
      y… en lo que se refiere a la encerrona en la notaría me parece fatal lo que te hicieron, si es así como lo cuentas y yo lo reclamaría, como mínimo llamaría a la notaría para quejarme o al colegio de notarios para que te digan como proceder,
      saludos y ánimo!

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      • Muchas gracias Daniel por la pronta respuesta, la verdad que si me siento indignado por esta compra porque si por lo menos hubiera sido consciente de la deuda pues se habría negociado en su momento. Si, el notario es amigo de la parte vendedora. Confías en un notario que da fe de que todo está correcto o por lo menos que informe de los posibles riesgos si no hay certificado de deuda 0 en la comunidad, que yo hasta ese momento lo desconocía ya que ha sido mi primera compra en una comunidad, esto ya no me pasa más. Y menos mal que es una cochera con comunidad de 5 euros al mes si hubiera sido un piso puff. Pues voy a ir a la notaría por lo menos a darles las quejas y pedirles explicación. Intentar tambien hablar con la parte vendedora a ver si por lo menos hace frente a las 3+1 años que sería una deuda de unos 300€.

        Mil gracias Daniel!!

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  35. Buenas tardes Daniel, excelente foro enhorabuena y muchas gracias,
    Recientemente he adquirido una plaza de garaje y cuál ha sido mi sorpresa que en lugar de tener deudas con la comunidad de vecinos, tiene superávit.
    Entiendo que es superávit pasa a ser mio con la compra, al igual que pasarían las deudas si las hubiera tenido?
    Muchas gracias!!

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    • Hola Ana, muchas gracias,
      Felicidades por tu compra y por el saldo positivo! el saldo es de la plaza, del inmueble, indiferentemente de quien sea el propietario.
      Del mismo modo que si fuera negativo tendrías que aceptar esa deuda,
      Otra cosa es que pactéis que ese saldo se lo pagues antes de la venta del mismo que si fuera negativo le pedirías que pagara esa deuda antes de comprar;
      Por lo tanto si no pactáis nada en contra ese saldo es positivo y de la plaza… no tuyo… que parece lo mismo pero no lo es!

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  36. Muy buenas Daniel,
    Felicitarte porque muchas cosas del foro han aclarado dudas que tenía, aunque me gustaría comentarte mi caso. Voy a comprar por subasta una plaza de garaje que se subasta en un lote distinto a la vivienda original a la cual se compró. ¿La deuda de la casa pasaría a ser del garaje si compro el garaje y no se vende la casa? ¿Las deudas pueden ser independientes y debería pedir nota simple del garaje si la tiene? Entiendo que también debería pedir a la comunidad un certificado negativo de deudas del garaje que debería ser distinto a la vivienda ¿no? Agradecería mucho tu opinión y un cordial saludo.

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    • Gracias Serafín, la plaza de garaje y la vivienda son dos bienes diferentes, cada uno tiene su propia identificación registral y catastral,
      mi consejo:
      – pide nota del registro de la plaza (que es lo que tú vas a adquirir)
      – pide estado de cuentas con la comunidad de propietarios para ver que no se debe nada o responderás de las deudas de los últimos 5 años
      – pide los últimos recibos del IBI por el mismo motivo

      Con esa info evitarás sorpresas desagradables…
      suerte y espero que sea una buena compra…. y sin sorpresas!

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